viernes, 21 de octubre de 2016

MINA AZNALCOLLAR (REAPERTURA DE LA CAUSA ACORDADA POR A.P. SEVILLA)

MINA AZNALCOLLAR (REAPERTURA ACORDADA POR AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA). 


Todavía no está el auto pero, en cualquier caso, como existe una entrada en este blog relativo al archivo es conveniente para no perder el hilo de este caso comentar que la Audiencia de Sevilla ha acordado la reapertura, revocando el anterior auto de archivo.

Todo lo expresado a partir de ahora tienen como fuente una nota de prensa, también hay que expresarlo, pero es importante una entrada para saber que de momento, la anterior de este blog queda sin efecto, porque prosigue la instrucción.

Según la Audiencia Probvincial de Sevilla, en un auto en que ha sido Ponente la Ilma. Magistrada Dª Mercedes Alaya, tras examinar el procedimiento por el cual la Junta de Andalucía concedió el yacimiento de la explotación minera al grupo cordobés Magtel y a sus socios de Grupo México, advierte de la existencia de posibles irregularidades en dicha concesión y por ese motivo ordena que se reabra la investigación que en su día archivó el Juzgado de Instrucción número 3, al entender que hay indicios evidentes de que se pudo cometer un delito de prevaricación. 

Afirma la sala en el auto que en el procedimiento se han cometido "ilegalidades severas y arbitrarias" por parte de los responsables de la Junta que lo promovieron y llevaron a cabo.  Las irregularidades se extienden, en opinión de la Sala de la Audiencia a todas las fases del concurso, desde la admisión de ofertas hasta la adjudicación final. 

Independientemente de que la licitadora fuese la empresa Minorbis (filial del grupo cordobés Magtel) o Minorbis-Grupo México, como figuraba en los papeles, la Audiencia entiende que nunca debió pasar de la primera fase del concurso, ya que incumplía las bases y no reunía los requisitos exigidos para hacerse con los derechos mineros. Destaca el auto que los ganadores finales del concurso no acreditaron convenientemente ni la solvencia técnica ni la económica y recuerda cómo ésta última la justificaron  con un "pantallazo" de la página web de una filial de Grupo México, mientras que a los medios se aludió de forma muy vaga. Los Magistrados de la Audiencia ponen en duda que existiera un compromiso real entre Minorbis y Grupo México y rechazan el denominado "memorandum de entendimiento"que presentó la filial de Magtel. En lugar de eso, creen que no había compromiso económico concreto y que sólo ha existido una vez que se adjudicó el concurso a pesar de que las bases lo exigían previamente. Según la Audiencia ni Minorbis ni Minorbis-Grupo México cumplían con los requisitos establecidos en el concurso internacional promovido pese a lo cual la Dirección General de Industria y Minas permitió el paso a la primera fase y que finalmente fuera ganadora. El Tribunal valora las ofertas presentadas por ambas aspirantes: Minorbis-Grupo México y Emérita Resources, la otra aspirante que denunció el concurso y que ha interpuesto recurso contra el archivo de la causa. 
Dice el auto que los encargados de puntuar los proyectos podrían haberrse dejado llevar por motivos que pueden no responder ni a la legalidad, ni al "sentido común" y la aritmética. Dice la A.P. que el procedimiento podría llegar a ser anulable pues no se respetó el principio de igualdad de condiciones. 

En cuanto a la adjudicación resulta sospechoso que los derechos de explotación de Aznalcóllar no fueron en última instancia otorgados ni a Minorbis ni a Grupo México, sino a una tercera empresa minera Los Frailes, que Grupo México había comprado poco antes y que no participó en el concurso. Sin embargo, en el pliego de condiciones se establecía explícitamente que la aceptación de los derechos mineros la tenía que llevar a cabo el adjudicatario, lo que significaba que se habría producido un "torcimiento del derecho" en el concurso a beneficio, "injusto" de Minera Los Frailes. Los Magistrados expresan que Magtel y su filial Minorbis no actuaron sino como mero "intermediario" en el concurso para que la mina acabara en manos de Grupo México.

La Audiencia estima el recurso y señala a la juez instructora la relevancia que tendría llamar a declarar a los miembros de la comisión técnica y a los dueños de Magtel como investigados. 

Se reabre la investigación por si las omisiones e incumplimientos pudieran integrar un delito de prevaricación.









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